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viernes, 26 de abril de 2024 - 11:19 h

Pregón a San Rodrigo, mártir

Asunción y Ángeles y Demonios (IV-V)

FOTO: A.R.J.M.

07.11.15 ASAMBLEA DIOCESANA DE COFRADÍAS

El obispo reúne a las cofradías de la diócesis

Redacción / A.R.J.M.

Monseñor Fernández ha convocado a las agrupaciones de cofradías, hermanos mayores y consiliarios de las cofradías cordobesas en una nueva Asamblea Diocesana, en la que se van a tratar, entre otros temas, las modificaciones que se han producido en el Registro de entidades religiosas del Ministerio de Justicia, tras la reforma que llevó a cabo el gobierno el pasado verano.

La asamblea tendrá lugar el domingo 8 de noviembre a las 10:30h en el obispado de Córdoba tras la que se celebrará la misa en la catedral presidida por el obispo.

La nueva reforma afecta a todas las entidades religiosas y según han indicado algunos informes, se trata de que haya un mayor control a la Iglesia y sus entidades. En cuanto a las cofradías, no solo tendrán que registrar sus datos a efectos informativos o de estadística, sino que será necesario actualizarlos y dar cuenta de las modificaciones en los estatutos o normas, así como los cambios que se produzcan en los responsables. El cambio producido es que antes no era obligatoria la comunicación de estos datos al registro, mientras que la nueva redacción impone a las cofradías que han de comunicar los nombres de sus representantes y los cambios que se produzcan.

El Registro de entidades religiosas del Ministerio de Justicia renovó su normativa en 1981, para adaptarla a la realidad del momento. Aunque la modificación se llevó a cabo por el gobierno el pasado verano, el Real Decreto que la aprobó ha entrado en vigor el 1 de noviembre, fecha en la que será obligatorio el registro de los datos de las cofradías. Entre esos datos el Real Decreto 594/2015, de 3 de julio, (BOE 183 de 1 de agosto de 2015) obliga a inscribir los datos de los hermanos mayores y la comunicación tendrá que hacerse mediante documento público, lo que podría obligar a que esos actos se tuvieran que instrumentar ante los notarios.

Tanto la información que deben incluir las inscripciones o las modificaciones, como los datos personales de los hermanos mayores o representantes de las entidades inscritas, los medios para realizar los documentos necesarios o la propia formalización de la inscripción, serán algunas de las dudas que en la reunión con las cofradías de este domingo se intentarán aclarar. Según informaciones previas por parte de la Agrupación de Cofradías de Córdoba y del propio Obispado se han realizado consultas a especialistas para poder determinar de la manera más concreta posible los aspectos que han de tener en cuenta las cofradías y entidades religiosas de cara a esta nueva normativa del Registro que desde el Ministerio de Justicia se ha puesto en vigor hace apenas una semana.

En el caso de Cabra el registro de entidades religiosas del Ministerio de Justicia, cuya información es pública, presenta 35 entidades inscritas. De ellas una no es católica, la Comunidad Islámica de Cabra inscrita en 2009 y el resto son todas católicas. Las primeras inscripciones que figuran son las de las Franciscanas, las Agustinas y las Escolapias, realizadas en el año 1982, un año después de la creación del registro.

La primera cofradía de Semana Santa inscrita es la del Huerto, que lo hizo en octubre de 1989. La última de las cofradías de pasión inscritas que figura es la del Preso, de junio de 2014. Según los datos del registro no figuran inscritas las cofradías del Cristo de la Sangre, el Sepulcro, la Virgen de los Dolores y el Descendimiento. Tampoco aparece inscrita la Agrupación de Cofradías de Cabra, posiblemente porque para que una asociación se inscriba lo han de estar previamente todas sus asociadas.

En cuanto a hermandades de gloria figuran inscritas la Archicofradía de la Virgen de la Sierra, que lo está desde mayo de 1988; están registradas la cofradía del Santísimo Sacramento, la hermandad filial de Ntra. Sra. del Rocío, la cofradía filial de la Virgen de la Cabeza y la hermandad de San Rodrigo Mártir. También figuran inscritas la asociación Fe y Familia y Juventudes Marianas Vicencianas del Colegio Niño Jesús de la Fundación Termens.

REGISTRO DE ENTIDADES RELIGIOSAS

El Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia cuenta con 17.388 entidades inscritas, de las que cerca de 500 solicitudes se han realizado durante 2015, según ha indicado el catedrático de Derecho Eclesiástico del Estado, Ricardo García.

García participaba recientemente en el seminario "Religión en la Europa del siglo XXI: Desafíos y propuestas para la convivencia confesional", que tuvo lugar en Yuste (Cáceres) en el marco del programa Campus Yuste 2015 de la Universidad de Extremadura y la Fundación Academia Europea de Yuste.

En su intervención, el también exsubdirector general de Relaciones con las Confesiones del Ministerio de Justicia dijo que el incremento en las inscripciones en el Registro de Entidades Religiosas "pone de manifiesto que el fenómeno religioso colectivo está vivo".

El Registro de Entidades Religiosas se creó en 1981 como instrumento jurídico al servicio colectivo del derecho fundamental de libertad religiosa, por cuanto la Ley de Libertad Religiosa del 5 de julio de 1980 dispuso que "las iglesias, confesiones y comunidades religiosas, así como sus federaciones, gozaran de personalidad jurídica una vez inscritas". La reforma del mismo, aprobada mediante Real Decreto 594/2015, de 3 de julio y que entró en vigor el pasado 1 de noviembre, viene a modificar su regulación jurídica después de más de 30 años de vigencia.

La nueva normativa se enmarca en las Orientaciones de la Unión Europea sobre el fomento y la protección de la libertad de religión y creencias aprobadas por el Consejo de la Unión Europea el 24 de junio de 2013, cuando se afirmó que el requisito del registro se ha de configurar como un medio para facilitar el ejercicio de la libertad de religión o creencias.

En este sentido, García indicaba que en España "había un gran reto como era la modernización y la posibilidad de que la legislación sobre transparencia llegara también al ámbito de las confesiones religiosas, cosa que podemos decir que así ha sido".

La inscripción en el registro es el requisito necesario para que una entidad religiosa adquiera personalidad jurídica y, por lo tanto, pueda operar en el tráfico jurídico civil. La reforma amplía los campos de información que hasta ahora abarcaba este registro. Los sacerdotes, los hermanos mayores y los templos quedarán anotados en este registro a raíz de la entrada en vigor de esta reforma. Quedan fijados criterios obligados de actualización de la información al objeto de verificar que las hermandades verdaderamente "funcionan", así como para tener al día los datos de presbíteros y dirigentes cofradieros. La reforma incluye el uso de formatos y firmas electrónicos para agilizar la tramitación y cumplimiento de estas nuevas disposiciones, recogidas en el Real Decreto 594/2015 de 3 de julio por el que se regula el Registro de Entidades Religiosas.

enlaces de interés

http://maper.mjusticia.gob.es/Maper/avan...
Buscador de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia

descargas relacionadas

BOE 183 de 1 de agosto con el Real Decreto por el que se modifica la normativa del Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia de España

Informe de la Asesoría Jurídica del Obispado sobre la inscripción, modificación y otros aspectos fiscales de las cofradías

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